CiudadaníaResidencia, ciudadanía y lotería

Ciudadanía derivada o adquirida (N‑600)

Los hijos de ciudadanos nacidos fuera de EE. UU. pueden haber adquirido la ciudadanía al nacer, o haberla derivado si su padre o madre se hizo ciudadano antes de que cumplieran 18. Muchas personas ya son ciudadanas sin saberlo: el N‑600 solo lo reconoce.

Datos tomados de las fuentes oficiales · actualizado el 2 de octubre de 2026

Qué da

Lleva a la ciudadanía, o la reconoce si ya se tiene.

Cuánto tarda

Suele tomar de 6 a 12 meses.

Tasas oficiales

$1,385en total, por verificar · no incluye honorarios

¿Cuántos de estos requisitos cumples?

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Lo que pide este camino

Los requisitos clave. Si los cumples o no, lo revisa el Radar con tus respuestas.

  1. 1Padre o madre ciudadano al nacer, o naturalizado antes de los 18 años de la persona
  2. 2Que el padre o la madre ciudadano haya vivido en EE. UU. el tiempo que exigía la ley en ese año
  3. 3Para la derivada: haber sido residente permanente y vivir con ese padre antes de los 18

Los pasos, en orden

  1. 1Se reúnen el acta de nacimiento y los documentos de ciudadanía del padre o la madre.
  2. 2Se presenta el formulario N‑600.
  3. 3USCIS emite el certificado de ciudadanía.

Los tiempos cambian cada mes: Tiempos de procesamiento de USCIS

Tasas oficiales

Tasas oficiales de Ciudadanía derivada o adquirida (N-600)
Certificado de ciudadanía N‑600 (en papel)$1,385

Tabla de tarifas de USCIS (G-1055)Por verificar en la fuente oficial antes de pagar. No incluye honorarios.

Fuentes oficiales

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