ProtecciónProtección humanitaria

Asilo

Protección para quien fue perseguido o teme serlo en su país por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social. Con el asilo aprobado se puede pedir la residencia al año.

Datos tomados de las fuentes oficiales · actualizado el 2 de octubre de 2026

Qué da

Protege de la deportación; según el caso, puede llevar o no a la residencia.

Cuánto tarda

Varía mucho: de meses a varios años según la oficina o la Corte.

Tasas oficiales

$100en total, por verificar · no incluye honorarios

¿Cuántos de estos requisitos cumples?

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Lo que pide este camino

Los requisitos clave. Si los cumples o no, lo revisa el Radar con tus respuestas.

  1. 1Temor por uno de los cinco motivos que protege la ley
  2. 2Pedirlo dentro del primer año desde la llegada
  3. 3Pruebas de lo ocurrido (denuncias, fotos, testigos, informes del país)
  4. 4No haberse establecido antes en otro país seguro
  5. 5Sin delitos graves ni fraude migratorio en el historial

Los pasos, en orden

  1. 1Se presenta el formulario I‑589 (ante USCIS, o ante el juez si hay caso en la Corte).
  2. 2A los 150 días de presentado se puede pedir permiso de trabajo.
  3. 3Entrevista o audiencia.
  4. 4Con el asilo aprobado, al año se puede pedir la residencia.

Los tiempos cambian cada mes: Tiempos de procesamiento de USCIS

Tasas oficiales

Tasas oficiales de Asilo
Tarifa de asilo de la ley H.R. 1 (I‑589). No se dispensa; después, $105 por cada año que siga pendiente$100

Tabla de tarifas de USCIS (G-1055)Por verificar en la fuente oficial antes de pagar. Incluye los cargos de la ley H.R. 1 ajustados para octubre de 2026. No incluye honorarios.

Fuentes oficiales

Otros caminos de protección humanitaria

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