ProtecciónProtección humanitaria

Protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT)

Impide la deportación a un país donde es probable que la persona sea torturada por el gobierno o con su consentimiento, sin importar el motivo y sin plazo. Protege de la deportación, pero NO da residencia.

Datos tomados de las fuentes oficiales · actualizado el 2 de octubre de 2026

Qué da

Protege de la deportación; según el caso, puede llevar o no a la residencia.

Cuánto tarda

Depende de la Corte.

Tasas oficiales

Sin tarifa fija publicada.

¿Cuántos de estos requisitos cumples?

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Lo que pide este camino

Los requisitos clave. Si los cumples o no, lo revisa el Radar con tus respuestas.

  1. 1Probar que es más probable que no que habría tortura
  2. 2Que la tortura venga del gobierno o con su consentimiento
  3. 3Tener un caso en la Corte de Inmigración (se pide ahí)

Los pasos, en orden

  1. 1Se pide en el formulario I‑589, ante el juez.
  2. 2Audiencia.

Los tiempos cambian cada mes: Tiempos de procesamiento de USCIS

Tasas oficiales

Este camino no tiene una tarifa fija publicada.

Fuentes oficiales

Otros caminos de protección humanitaria

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