ProtecciónProtección humanitaria

Programa de refugiados (desde fuera de EE. UU.)

Para quien está fuera de EE. UU. y huye de persecución, a través de un referido de la ONU (ACNUR), una embajada o programas especiales. Los refugiados admitidos piden la residencia al año. El programa se redujo mucho desde 2025.

Datos tomados de las fuentes oficiales · actualizado el 2 de octubre de 2026

Qué da

Protege de la deportación; según el caso, puede llevar o no a la residencia.

Cuánto tarda

Largo y variable; depende del cupo anual.

Tasas oficiales

Sin costo de gobiernopor verificar · no incluye honorarios

¿Cuántos de estos requisitos cumples?

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Lo que pide este camino

Los requisitos clave. Si los cumples o no, lo revisa el Radar con tus respuestas.

  1. 1Que el programa de refugiados para el país esté vigente y recibiendo solicitudes
  2. 2Persecución por uno de los cinco motivos que protege la ley
  3. 3Un referido de ACNUR, una embajada o una organización autorizada
  4. 4Sin delitos graves ni fraude migratorio en el historial

Los pasos, en orden

  1. 1Referido al programa.
  2. 2Entrevista con USCIS en el exterior.
  3. 3Admisión como refugiado y, al año, la residencia.

Los tiempos cambian cada mes: Tiempos de procesamiento de USCIS

Tasas oficiales

Tasas oficiales de Programa de refugiados (desde fuera de EE. UU.)
Solicitud de refugiadoSin costo

Tabla de tarifas de USCIS (G-1055)Por verificar en la fuente oficial antes de pagar. No incluye honorarios.

Fuentes oficiales

Otros caminos de protección humanitaria

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