Programa de refugiados (desde fuera de EE. UU.)
Para quien está fuera de EE. UU. y huye de persecución, a través de un referido de la ONU (ACNUR), una embajada o programas especiales. Los refugiados admitidos piden la residencia al año. El programa se redujo mucho desde 2025.
Datos tomados de las fuentes oficiales · actualizado el 2 de octubre de 2026
Protege de la deportación; según el caso, puede llevar o no a la residencia.
Largo y variable; depende del cupo anual.
Sin costo de gobiernopor verificar · no incluye honorarios
¿Cuántos de estos requisitos cumples?
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Empezar mi radar gratis Prefiero hablar con un asesorLo que pide este camino
Los requisitos clave. Si los cumples o no, lo revisa el Radar con tus respuestas.
- 1Que el programa de refugiados para el país esté vigente y recibiendo solicitudes
- 2Persecución por uno de los cinco motivos que protege la ley
- 3Un referido de ACNUR, una embajada o una organización autorizada
- 4Sin delitos graves ni fraude migratorio en el historial
Los pasos, en orden
- 1Referido al programa.
- 2Entrevista con USCIS en el exterior.
- 3Admisión como refugiado y, al año, la residencia.
Los tiempos cambian cada mes: Tiempos de procesamiento de USCIS
Tasas oficiales
| Solicitud de refugiado | Sin costo |
Tabla de tarifas de USCIS (G-1055)Por verificar en la fuente oficial antes de pagar. No incluye honorarios.
Fuentes oficiales
Otros caminos de protección humanitaria
- ProtecciónAsilo
- ProtecciónRetención de deportación (withholding of removal)
- ProtecciónProtección bajo la Convención contra la Tortura (CAT)
- TemporalParole humanitario
- ProtecciónAcción diferida (DACA)
- ProtecciónEstatus de Protección Temporal (TPS)